Términos y Condiciones de Servicio

Versión 2.0 · Vigente desde el

Comparecencia y Declaración de Identidad

El presente instrumento regula las condiciones contractuales y de uso que rigen entre el titular y operador de la plataforma AI-CEPH (en adelante, el "Proveedor" o el "Operador"), cuyos datos de identificación tributaria y domicilio legal se encuentran individualizados bajo la razón social o titularidad [COMPLETAR: Nombre o Razón Social, RUT y Domicilio Legal en Chile], con correo electrónico oficial de contacto y notificaciones [COMPLETAR: Correo Electrónico Oficial], y por otra parte, toda persona natural o jurídica que acceda, interactúe, cargue archivos o utilice los servicios de inferencia computacional ofrecidos a través del sitio web (en adelante, el "Usuario" o el "Cliente").

Se deja constancia expresa de que a la fecha de publicación de la presente versión no se ha designado representante legal formal ni Encargado de Protección de Datos (EPD) definitivo ante los registros sectoriales, situación que será oportunamente consignada mediante actualización documental una vez perfeccionada dicha designación. La utilización de la plataforma, el envío de formularios o la carga de imágenes implica la aceptación plena, expresa e irrevocable de todas y cada una de las cláusulas que componen este contrato.

Primero. Antecedentes y Naturaleza del Servicio

1.1. El Proveedor es un desarrollador y operador de soluciones tecnológicas de software como servicio (SaaS) y herramientas de procesamiento computacional aplicado basadas en modelos de redes neuronales convolucionales y aprendizaje profundo (Deep Learning).

1.2. AI-CEPH es un sistema de cómputo en la nube diseñado exclusivamente como una herramienta informática auxiliar y orientativa, capaz de procesar imágenes radiográficas, cefalométricas o fotográficas en formatos digitales estándar (JPEG, PNG) para generar una clasificación algorítmica automatizada junto a un índice probabilístico de confianza.

1.3. La Política de Privacidad y Protección de Datos Personales publicada en la plataforma forma parte integrante, sustancial e indivisible de los presentes Términos y Condiciones. En caso de discrepancia sustantiva entre ambos documentos en materias atingentes al tratamiento de datos personales, prevalecerán las disposiciones protectoras del titular establecidas en la Política de Privacidad y en la Ley N° 21.719.

Segundo. Objeto y Alcance Operativo

2.1. El Proveedor concede al Usuario una licencia de uso no exclusiva, revocable, personal, no transferible y limitada sobre la interfaz web de AI-CEPH, con el único propósito de remitir tensores de datos visuales al backend de procesamiento algorítmico y recibir la inferencia computacional correspondiente.

2.2. La infraestructura del servicio reside íntegramente en servidores distribuidos de computación en la nube (Google Cloud Platform y Cloud Run) bajo estrictos protocolos de cifrado en tránsito (HTTPS / TLS 1.3). El procesamiento de la imagen se efectúa en la memoria volátil del contenedor sin persistencia en disco ni incorporación a bases de datos relacionales o de almacenamiento estático.

2.3. El servicio incluye únicamente las funcionalidades activas en la interfaz web pública. Queda excluida cualquier prestación de integración vía API privada, licenciamiento del modelo base .h5 o soporte in situ, salvo suscripción de anexo técnico contractual por separado.

Tercero. Exclusiones Taxativas y Carácter Tecnológico (No Prestador de Salud)

3.1. Inexistencia de Acto Médico u Odontológico: Las partes dejan constancia expresa e inequívoca de que el Proveedor es un prestador de servicios estrictamente informáticos y no constituye, bajo ningún supuesto fáctico o jurídico, una clínica, centro radiológico, laboratorio dental, establecimiento de salud ni prestador médico institucional en los términos del DFL N° 1 de 2005 de Salud ni del Código Sanitario de Chile.

3.2. Ausencia de Certificación de Dispositivo Médico: La plataforma AI-CEPH, su software de backend y su modelo de inferencia (.h5) NO CONSTITUYEN UN DISPOSITIVO MÉDICO (Medical Device) certificado por el Instituto de Salud Pública (ISP), ni por la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA), ni cuenta con marcado CE para diagnóstico primario o soporte vital. Su diseño responde única y exclusivamente a fines de investigación, experimentación computacional y apoyo analítico referencial.

3.3. Quedan explícitamente excluidos del servicio: (a) La emisión de diagnósticos clínicos, ortodóncicos, maxilofaciales o radiológicos definitivos; (b) La indicación o prescripción de planes de tratamiento, cirugías, extracciones o farmacoterapia; (c) El soporte o mantenimiento de los equipos, pantallas, sensores radiográficos o sistemas operativos del Usuario; (d) Asesoría legal, bioética o pericial respecto de los hallazgos radiográficos.

Cuarto. Deslinde de Responsabilidad Clínica y Deber de Supervisión Humana

4.1. Carácter Estrictamente Referencial: Toda inferencia, etiqueta de clase, coordenada, probabilidad o porcentaje emitido por AI-CEPH posee carácter puramente orientativo, estimativo y experimental. Los modelos de visión artificial pueden experimentar fenómenos de falsos positivos, falsos negativos, artefactos de compresión o sesgos derivados de la distribución estadística de su conjunto de entrenamiento original.

4.2. Deber Indelegable del Profesional Tratante: Si el Usuario es un odontólogo, ortodoncista, cirujano, radiólogo o profesional de la salud, reconoce que el uso de la plataforma no lo exime bajo circunstancia alguna de su deber legal y deontológico de realizar el examen clínico directo, anamnesis exhaustiva, estudio de modelos y contraste manual de los trazados radiográficos conforme a la lex artis médica y odontológica.

4.3. Prohibición de Diagnóstico Autónomo por Pacientes: Queda terminantemente prohibido que pacientes o legos utilicen las respuestas de la plataforma para iniciar, modificar o suspender tratamientos clínicos o farmacológicos sin la intervención y validación directa, presencial y firmada por un cirujano dentista o médico debidamente habilitado en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud (Superintendencia de Salud de Chile).

4.4. El Proveedor no asume responsabilidad alguna por secuelas clínicas, lesiones, fallas en tratamientos ortodóncicos, cirugías mal planificadas, daños patrimoniales o perjuicios morales derivados de decisiones clínicas adoptadas total o parcialmente sobre la base de las inferencias emitidas por el sistema.

Quinto. Transparencia Algorítmica y Derecho de Impugnación de Decisiones Automatizadas (Art. 8 bis Ley N° 21.719)

5.1. Aviso Previo de Automatización: Se advierte formalmente al Usuario que las evaluaciones son producidas íntegramente por un sistema de Inteligencia Artificial desprovisto de raciocinio o conciencia humana.

5.2. Lógica Aplicada: El algoritmo opera extrayendo características geométricas y tensoriales de matrices bidimensionales de píxeles escalados a [224, 224, 3], evaluando patrones espaciales frente a una red neuronal preentrenada, generando un vector de activación final normalizado.

5.3. Derecho a la Intervención e Impugnación Humana: Todo titular de datos o usuario que considere que la inferencia algorítmica le genera una afectación sustantiva o un criterio discriminatorio indebido, tiene el derecho inalienable de impugnar dicha decisión automatizada y requerir una revisión humana y explicabilidad técnica de la clasificación remitida, canalizando su requerimiento formal a través del correo [COMPLETAR: Correo Oficial] con el asunto «Impugnación de Decisión Automatizada - IA».

Sexto. Régimen de Protección de Datos Personales y Salud (Ley N° 21.719 y Ley N° 20.584)

6.1. Distinción Esencial de Roles Jurídicos:

6.1.1. Cuando el Usuario accede a la plataforma en calidad de profesional o institución prestadora de salud y remite imágenes radiográficas pertenecientes a sus pacientes, el Usuario actúa como único y exclusivo Responsable del Tratamiento (Data Controller). En dicho escenario, el Proveedor actúa como mero Encargado del Tratamiento (Data Processor) bajo los términos del artículo 15 bis de la Ley N° 21.719, ejecutando únicamente el cómputo de inferencia en memoria conforme a las instrucciones directas del Usuario.

6.1.2. Cuando una persona natural carga voluntariamente su propia imagen con fines de auto-consulta informativa, el Proveedor actúa como Responsable del Tratamiento limitado a la recepción de dicha solicitud con base en el consentimiento explícito brindado mediante la casilla de verificación.

6.2. Datos Sensibles y Deber de Anonimización Previa: Las imágenes radiográficas y cefalométricas constituyen datos sensibles de salud bajo el ordenamiento jurídico chileno. El Usuario profesional asume la obligación estricta y previa de desasociar y anonimizar la imagen antes de subirla, eliminando márgenes, membretes, etiquetas DICOM, nombres o RUT del paciente. Si el Usuario omite dicha anonimización, asume íntegra y personalmente cualquier responsabilidad legal o administrativa que de ello se derive.

6.3. Prohibición Absoluta de Usos Secundarios: El Proveedor se obliga irrevocablemente a no utilizar las imágenes remitidas para fines de entrenamiento de modelos públicos, publicidad, perfilamiento comercial ni cesión a terceras partes bajo ningún concepto.

6.4. Ficha Clínica y Conservación (Ley N° 20.584): Debido a que AI-CEPH no almacena imágenes ni constituye un repositorio de fichas clínicas electrónicas, el deber legal de conservación de antecedentes clínicos y radiológicos por el plazo mínimo de 15 años recae exclusiva y enteramente sobre el profesional o clínica tratante.

Séptimo. Propiedad Intelectual y Licenciamiento Tecnológico

7.1. La totalidad de los elementos que integran la plataforma AI-CEPH —incluyendo sin limitación el código de backend en FastAPI, scripts de frontend, hojas de estilo CSS, arquitectura de contenedores Docker, pesos sinápticos, topología del modelo neuronal (.h5), logotipos, textos, sitemaps y grafos de conocimiento derivados— son de propiedad exclusiva e inmaterial del Proveedor y se encuentran protegidos por la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual de Chile y los tratados internacionales sobre derechos de autor y patentes.

7.2. Se prohíbe taxativamente al Usuario: (a) Realizar ingeniería inversa, descompilación, extracción de tensores o desensamblaje del modelo compilado; (b) Realizar raspado web (scraping), ataques de inferencia por membresía o ataques adversarios para extraer propiedades del conjunto de datos; (c) Utilizar las inferencias del sistema para el entrenamiento o benchmarking competitivo de modelos comerciales de terceros.

Octavo. Conductas Prohibidas y Régimen de Cumplimiento (Ley N° 20.393)

8.1. Queda estrictamente vetado el uso del sistema para cargar imágenes o contenidos ilícitos, vulneratorios del orden público, la moral, derechos de autor de terceros o que infrinjan disposiciones de la Ley N° 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas.

8.2. Cualquier intento de denegación de servicio (DoS/DDoS), inyección de cargas útiles maliciosas o explotación de vulnerabilidades facultará al Proveedor para bloquear ipso facto el acceso y poner los antecedentes técnicos a disposición del Ministerio Público de Chile bajo la Ley N° 21.459 sobre Delitos Informáticos.

Noveno. Condiciones Comerciales, Retracto y Garantía Legal (Ley N° 21.398 y Ley N° 19.496)

9.1. Condición de Acceso Actual: En su fase vigente de despliegue operativo, el servicio se ofrece al Usuario en modalidad gratuita y libre de costo transaccional.

9.2. Planes de Pago Futuros y Desglose Transparente: En caso de implementarse tarifas por procesamiento volumétrico o suscripción mensual, el Proveedor publicará de manera visible e inequívoca el valor íntegro con desglose de impuestos (IVA) y costos totales antes de perfeccionar cualquier cobro, mediante pasarelas formales con emisión de boleta electrónica conforme a la Ley N° 21.713.

9.3. Derecho a Retracto Legal: Tratándose de contrataciones a distancia de servicios de software digital pagado, el Usuario consumidor dispondrá del derecho legal a retracto de diez (10) días corridos contados desde la contratación del servicio, conforme al artículo 3° bis de la Ley N° 19.496, salvo que el servicio haya sido ejecutado íntegramente de manera instantánea a solicitud expresa del consumidor.

9.4. Garantía Legal de 6 Meses: En conformidad con la Ley N° 21.398 (Ley Pro Consumidor), si el servicio contratado en modalidad pagada presentara fallas continuas, defectos graves de programación que impidan su funcionamiento básico conforme a su oferta técnica o interrupciones imputables al Proveedor no subsanadas, el consumidor podrá optar dentro del plazo irrenunciable de seis (6) meses entre la restitución dineraria proporcional o la rectificación del servicio técnico.

Décimo. Ciberseguridad, Disponibilidad y Reporte de Brechas (Ley N° 21.663)

10.1. El Proveedor adopta medidas de seguridad de la información estándar en la industria tecnológica, manteniendo comunicaciones cifradas HTTPS perimetrales e infraestructura respaldada por Google Cloud Platform.

10.2. Protocolo de Reporte de Incidentes de Ciberseguridad: En cumplimiento de los artículos de notificación obligatoria de la Ley Marco de Ciberseguridad (Ley N° 21.663), el Operador mantiene monitoreo sobre eventos anómalos. Ante la detección fehaciente de un incidente calificado como brecha o ataque cibernético que afecte la confidencialidad de los sistemas, el Operador emitirá el reporte de alerta temprana dentro del plazo legal perentorio de 3 horas a la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI) / CSIRT nacional, proveyendo la actualización técnica detallada dentro de las 72 horas siguientes.

10.3. Exención por Terceros y Latencia de Inferencia: El Proveedor no garantiza disponibilidad del 100% ni asume responsabilidad por caídas de conectividad derivadas de caídas generales de los centros de datos de Google LLC, cortes de telecomunicaciones del proveedor de internet del Usuario ni variaciones de tiempo de respuesta derivadas del "arranque en frío" (cold start) de contenedores computacionales.

Undécimo. Registros de Auditoría Técnica (Logs) e Inmutabilidad

11.1. Por razones de trazabilidad técnica, seguridad y cumplimiento del deber de control legal (RAT), el backend genera automáticamente un registro computacional por cada solicitud, consignando: dirección IP de origen, sello temporal en estándar UTC, versión exacta del texto de consentimiento aceptado y metadatos de respuesta técnica.

11.2. Conservación y Valor Probatorio: Dichos registros serán conservados en repositorios de logs inmutables por un término de doce (12) meses desde su generación. Las partes otorgan a dichos registros informáticos pleno valor probatorio en juicio como instrumentos probatorios de la aceptación contractual y del contexto técnico de la solicitud, conforme a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos y Firma Electrónica.

Duodécimo. Limitación Cuantitativa de Responsabilidad e Indemnidad

12.1. En la mayor extensión permitida por el marco jurídico chileno, la responsabilidad civil extracontractual o contractual agregada del Proveedor frente al Usuario por cualquier causa derivada directa o indirectamente del uso de la plataforma estará estrictamente acotada a una suma que no superará el equivalente al valor total efectivamente percibido por el Proveedor respecto de dicho Usuario en los tres (3) meses anteriores al hecho generador, o la suma de $10.000 (diez mil pesos chilenos) en caso de prestación gratuita.

12.2. Dicha limitación no aplicará a hipótesis en que se compruebe dolo o negligencia grave judicialmente declarada, ni a las indemnizaciones y multas derivadas de infracciones directas e imputables al Proveedor bajo la Ley N° 21.719 en su rol de custodio técnico.

12.3. Deber de Indemnidad del Usuario: El Usuario se compromete a indemnizar, mantener a salvo y liberar de toda responsabilidad económica, legal o administrativa al Proveedor, frente a cualquier acción, reclamo judicial, querella infraccional o fiscalización proveniente de pacientes, de la Agencia de Protección de Datos Personales (APDP), del SERNAC o de los Tribunales de Justicia, motivada por la carga negligente de imágenes clínicas sin base de licitud ni consentimiento del paciente, o por errores diagnósticos cometidos por el profesional.

Decimotercero. Suspensión, Rescisión y Modificaciones Contractuales

13.1. El Proveedor podrá dar por terminado o suspender unilateralmente el acceso a la plataforma en cualquier momento y sin expresión de causa previa, comprometiéndose únicamente a no persistir datos residuales.

13.2. Las modificaciones a las cláusulas de los presentes Términos se notificarán a través del banner superior de la web con una antelación mínima de 30 días respecto de su entrada en vigor cuando impliquen obligaciones gravosas para el usuario. El uso posterior a la fecha de vigencia constituirá aceptación íntegra.

Decimocuarto. Accesibilidad Universal (Ley N° 21.398)

En acatamiento a los estándares de inclusión e interoperabilidad jurídica, los presentes términos se encuentran redactados en código HTML semántico accesible, compatible con lectores de pantalla y tecnologías de asistencia para personas con discapacidad visual o auditiva, prescindiendo deliberadamente de formatos de imagen plana o documentos no escrutables.

Decimoquinto. Ley Aplicable, Mediación Previa y Jurisdicción

15.1. El presente contrato se rige e interpretará en todas sus partes por las leyes vigentes de la República de Chile, en particular por la Ley N° 19.628 y Ley N° 21.719 (Protección de Datos Personales), Ley N° 20.584 (Derechos y Deberes del Paciente), Ley N° 19.496 (Protección de los Derechos de los Consumidores), Ley N° 21.663 (Ley Marco de Ciberseguridad), Ley N° 17.336 (Propiedad Intelectual) y el Código Sanitario.

15.2. Para la resolución de cualquier conflicto relativo a la validez, cumplimiento o interpretación de este contrato, las partes acuerdan intentar previamente una instancia de avenimiento directo o mediación en un plazo no mayor a 30 días hábiles. De persistir el conflicto, se someten a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia con asiento en la ciudad de [COMPLETAR: Santiago u otra ciudad], Chile, sin perjuicio de las potestades administrativas radicadas en la Agencia de Protección de Datos Personales.

Anexo A: Subprocesadores de Infraestructura y Flujo Transfronterizo

En conformidad con la Ley N° 21.719, el Usuario autoriza expresamente el concurso de las siguientes entidades de infraestructura tecnológica:

Historial de Versiones y Cambios

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